Presentación:
Los laboratorios correspondientes a la especialidad Topografía, son dependientes del Departamento de Expresión Gráfica y del Servicio de Administración.
Actualmente cuenta con diversos laboratorios dotados con un equipamiento adecuado para dar servicio tanto al alumnado como al personal docente e investigador.
Objetivo:
El propósito de estos laboratorios es prestar servicios al estudiante así como al personal docente e investigador en las áreas de Topografía, Cartografía y Geodesia.
Para llevar a cabo estas funciones correctamente dispone en plantilla de un Ingeniero en Geodesía y Cartografía e Ingeniero Técnico en Topografía, que se responsabiliza y encarga del mantenimiento, funcionamiento de los instrumentos y aulas así como tarea de apoyo a la docencia e investigación que se desarrolla en la Escuela Politécnica, así como del instrumental, equipos, hardware y software necesarios.
Servicios:
- Realización de un mantenimiento preventivo de los equipos e instrumentos pertenecientes a la especialidad de Topografía, Cartografía y Geodesia. Con este servicio se previenen posibles problemas y facilita su mantenimiento y conservación.
- Realización de una calibración de los equipos de Topografía para su puesta a punto al inicio de la docencia. Con este servicio al alumnado y al personal docente se le garantiza el correcto funcionamiento de los instrumentos, así como la bondad en la toma de los datos, gracias al conocimiento de los errores existentes.
- Mantenimiento correctivo o reparación del material tras la aparición de algunos problemas de funcionamiento o error grave en la toma de datos. Consiguiendo volver a tener el instrumental operativo y en perfecto estado.
- Colaboración y apoyo técnico en los proyectos científicos y técnicos propios de esta especialidad. Aportando de esta forma sus conocimientos técnicos propios de la especialidad.
- Asistencia técnica a estudiantes, becarios y personal docente e investigador. Con este servicio se consigue poner a disposición de la comunidad universitaria los conocimientos técnicos de la especialidad Topografía.
- Asistencia y control de los laboratorios y material en la repetición de prácticas fuera de horario de docencia, así como en los Trabajos Final de Grado. Facilitando con ello al alumno poder realizar sus prácticas de forma correcta en tiempo y método, además de asegurar un correcto uso del instrumental y las instalaciones.
- Realizar un control de stock de los materiales e instrumentos de los laboratorios que asegure una buena gestión de los mismos, así como la justificación de la adquisición del material complementario en caso de que así fuese necesario.
- Realizar un control de infraestructuras de los laboratorios de la especialidad, permitiendo la gestión de los mismos. Consiguiendo que exista un control y disponibilidad de los laboratorios de forma que se puedan realizar reservas asegurando su uso en actividades no programadas.
- Coordinar, distribuir y supervisar las actividades de trabajo adscritas al área profesional laboratorio, especialidad técnica Topografía.
- Elaborar a petición del Departamento de Expresión Gráfica y del Administrador informes de actividades.
- Cumplir con las normas y procedimientos en materia de Seguridad y Salud laboral, actuando según el plan de Seguridad y Salud laboral establecidos por la Universidad de Extremadura.
- Realizar otras tareas afines a la especialidad de Topografía y que sean necesarias para un mejor funcionamiento del servicio.
Derechos de los usuarios:
Además de los derechos establecidos con carácter general por el ordenamiento jurídico, destacamos los siguientes derechos:
- Recibir información de manera presencial, telefónica y electrónica, todo ello de forma eficaz y rápida.
- A ser tratados con respeto y consideración.
- A una información administrativa real y veraz.
- A que los datos personales no sean utilizados con otros fines que los regulados por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Cumplimento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas (Art 29 de la ley de prevención de riesgos laborales).
- Uso adecuado de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles de las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y en general, cualquier otro medio para el desarrollo de su actividad (art. 29 de la ley de prevención de riesgos laborales).
Deberes de los usuarios:
- Respetar el patrimonio de la Universidad, así como hacer un correcto uso de sus instalaciones.
- Cumplir las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas (Art. 29 de la ley de prevención de riesgos laborales).
- Uso adecuado de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles de las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualquier otro medio para el desarrollo de su actividad. (Art 29 de la ley de prevención de riesgos laborales.).
- Al respeto a la intimidad, dignidad en el trabajo y a la no discrimnación. (Art. 14 del Estatuto del Empleado Público aprobado por la ley 7/2007 de 12 de abril).
Responsabilidad en el uso de los equipos de Topografía:
Los alumnos que hagan uso del material perteneciente al Laboratorio de Topografía se comprometen a ser responsables con el material de prácticas, aceptando las siguientes sentencias:
- El alumno o grupo de prácticas se compromete a devolver del laboratorio de topografía todo el material que se le haya entregado para la realización de las prácticas, en el mismo estado en el que fue entregado y colocándolo en su situación correcta.
- El alumno o grupo de prácticas será responsable de cualquier deterioro, perdida o mal estado de entrega de los materiales y equipos de topografía. Siendo transmitida esta falta al Director del Departamento, quien se encargará de tomar las medidas necesarias.
- El alumno o grupo de prácticas se compromete a hacer buen uso de los materiales topográficos, sin forzar en ningún momento los equipos.
- El alumno o grupo de prácticas deberá asegurarse de la sujeción del instrumento al trípode, así como la apertura del trípode sea la adecuada para asegurar su estabilidad, ya que una instalación insegura puede hacer que se caiga y se dañe.
- El alumno o grupo de prácticas no deberá dejar las miras apoyadas sobre algún elemento que haga peligrar su estabilidad y provoque su caída.
- El alumno o grupo de prácticas antes de extraer el instrumento de su caja, debe observar cómo se encontraba, para posteriormente pasar a su almacenamiento de forma correcta.
- El alumno o grupo de prácticas a la hora de guardar el equipo en su caja debe asegurarse que lo hace correctamente, dejando los tornillos libres y sin forzar la caja para su cierre. Si observase que no cierra perfectamente, no debe obligarla. Acuda al profesor de prácticas.
- El alumno o grupo de prácticas no debe subirse ni sentarse encima del maletín, porque es inestable. Éste deberá permanecer cerrado una vez se haya extraído el instrumento del mismo.
- El alumno o grupo de prácticas no debe mirar nunca directamente al sol con el telescopio, ya que puede provocarle pérdida de visión.
- El alumno o grupo de prácticas debe proteger los equipos de golpes o impactos y de unas vibraciones excesivas que puedan dañarlo durante su transporte y manipulación.
- El alumno o grupo de prácticas cuando transporte el instrumento, debe llevarlo siempre en su caja, nunca enganchado al trípode.
Normativa reguladora:
- Derechos y deberes del estudiante: https://www.unex.es/organizacion/gobierno/vicerrectorados/vicealumn/normativas/NORMATIVAS/derechos-y-deberes-del-estudiante
- Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades: https://www.unex.es/organizacion/servicios-universitarios/servicios/servicio_recursos_humanos/archivos/ficheros/opopas/instancias/Normativas/ley_organica_6_2001.pdf
- Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades: https://www.unex.es/organizacion/servicios-universitarios/servicios/servicio_recursos_humanos/archivos/ficheros/opopas/instancias/Normativas/LO4_2007_modifica_LOU.pdf
- Ley 7/2007, de 12 de abril , del Estatuto Básico del Empleado Público: https://www.unex.es/organizacion/gobierno/vicerrectorados/vicepro/archivos/ficheros/normativas/Estuto_Basico.pdf
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: https://www.boe.es/boe/dias/2015/10/31/pdfs/BOE-A-2015-11719.pdf
- Decreto 65/2003, de 8 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología de la Junta de Extremadura por la que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura: https://www.unex.es/organizacion/gobierno/sec_gral/archivos/ficheros/Normativas/Estatutos.pdf
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas(B.O.E. nº 236 del 2 de octubre de 2015): https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10565
- Normativa en la Prevención de Riesgos Laborales: https://www.unex.es/organizacion/servicios-universitarios/servicios/servicio_prevencion/normativas/normativas
Personal:
1 Ingeniero en Geodesia y Cartografía e Ingeniero Técnico de Topografía.
Alicia Antolín Salazar
Correo electrónico: asalazar@unex.es
Teléfono: 927257540
Ubicación: Edificio de Teleco, planta 1º, despacho nº18.
Avd de la Universidad s/nº. 10003 Cáceres